La forma como abordamos un conflicto entre nuestros vecinos, socios, trabajadores, etc. puede determinar el rumbo de nuestras empresas y, hasta de nuestras vidas.
Pero en nuestra sociedad mexicana ¿Cuántas veces nos resulta atractivo o siquiera conveniente asistir a un juzgado o tribunal para exigir que alguien cumpla con lo que consideramos justo?
Los órganos jurisdiccionales (juzgados, tribunales, etc.), son estructuras gubernamentales costosas y no siempre resuelven el fondo real del problema… Cuando es necesario acudir a un juzgado para que ahí se dicte lo que a derecho corresponde, es indispensable contar con una asesoría jurídica de calidad; sin embargo no siempre es conveniente para las partes involucradas llegar a estas instancias. Es ahí donde la negociación, mediación, conciliación y arbitraje nos abren las puertas a un mundo de eficiencia, certeza, efectividad y paz, lo que redunda en mayor competitividad.
El derecho es ese conjunto de normas formalmente vigentes y legítimamente aceptadas por la sociedad en las que estas se observan, o no, pero que las considere justas y que por lo tanto son de observancia obligatoria. Es decir que cumplir el derecho, es cumplir con lo que se considera justo.
Según el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal 2022, El Poder Judicial de la Federación, se integra por 1,407 órganos pertenecientes al Consejo de la Judicatura Federal (desde los tribunales colegiados, hasta las unidades administrativas), 38 del Tribunal Electoral y 38 más correspondientes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); es decir que, de 2010 a 2022, hubo un aumento del 35% de órganos para lograr la impartición de justicia.
Solo de 2020 a 2021, hubo un aumento de 4.2% de personal en el Poder Judicial de la Federación, incluyendo a los impartidores de justicia, sus auxiliares y administrativos. En 2010, había 1099 entre Magistrados y Jueces, por los 1,556 que había en 2022; es decir un aumento de alrededor del 50% más de personal encomendado a esa difícil labor.
Los principales conflictos que se dirimen en los órganos jurisdiccionales, son aquellos en los que existe una relación dispar: Estado-gobernado (administrativo y penal). Sin embargo, el 25% de los asuntos que se resuelven en tribunales, son de naturaleza civil o mercantil, es decir entre personas, los cuales son susceptibles de abordarse desde los métodos alternos.
Ese 25% corresponden al universo de juicios del ámbito federal, es decir que todos aquellos del orden local no están considerados en las cifras compartidas.
¿Cuántas personas han dejado perder asuntos o deciden no defender sus intereses, solo por lo poco confiable y costoso que suele ser un proceso judicial? ¿Qué tanto deben ser tus intereses para que decidas prevenir y resolver conflictos? No siempre la defensa son los tribunales y los abogados. Existen estos mecanismos, como la mediación, accesibles, rápidos y seguros.
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